Qué es Ciberbullying:
El ciberbullying o, en español, el ciberacoso es un tipo de acoso que se vale de medios informáticos para el hostigamiento de una persona. La palabra se compone con el vocablo inglés bullying, que refiere acoso e intimidación, y el prefijo “ciber-”, que indica relación con redes informáticas. En inglés, la forma correcta de escribir la palabra escyberbullying.
Como tal, el ciberbullying o ciberacoso supone la situación de hostigamiento, abuso y vejación sostenido y repetido a lo largo del tiempo, de una persona por parte de un grupo de individuos.
Su característica fundamental es que para llevarse a cabo se vale de las redes informáticas y de los recursos tecnológicos actuales, como computadoras, teléfonos inteligentes, tablets, e, in
¿Que es el bullying?
Bullying, intimidación o acoso es la práctica de actos violentos, intencionales y repetidos, contra una persona indefensa, causando daños físicos y psicológicos. El término viene del inglés "bully" que significa tirano, brutal. La violencia es cometida por una o más personas, con el propósito de intimidar o agredir a la víctima.
El bullying se hace generalmente en contra de alguien que a menudo no puede defenderse a sí mismo y no entiende las razones de esa agresión gratuita. La víctima a menudo teme a los atacantes o agresores, ya que son violentos y opresivos.
El bullying puede practicarse en cualquier ambiente, es decir, en la calle, en la escuela, en la iglesia, en el club, etc. Es practicada muchas veces por personas dentro de la propia casa de la víctima.
El bullying se traduce como el acto de inquietarse, tocar, golpear, burlarse, amenazar, regodearse, ridiculizar, insultar, poner apodos o motes, cuestionar la masculinidad o feminidad de la víctima. Estas son las prácticas más comunes.cluso, consolas de videojuegos.
LEYES: ley de bullying§Se me hizo interesante este tema ya que hay demasiada información de esto.§Ya que este problema apareció desde hace años pero estas ultimas décadas ha ido en incremento.Selección §Este problema tiene mucho tiempo pero esta en incremento por lo cual se obtendrá información por medio de varios medios para saber mas sobre dicha causa.Delimitación§Origen del tema. Este tema se me hizo interesante ya que hay mucha información sobre el.§Fuente del tema seleccionada. El problema ha ido en incremento en estas ultimas décadas.§Características del tema para la investigación interés. Este problema no se ha tratado adecuadamente por eso ha ido en incremento.§Originalidad . Este tema no se compara con otros debidamente a que muestra agresiones físicas psicológicas y verbales.§relevancia. Con este proyecto se puede entender alas persona que sufren de bullying y darles la información adecuada.§Presicion. El bullying es un problema de agresividad escolar lo cual permite que se utilice el método científico.Planteamiento del problema§¿Cuáles son los principales factores que intervienen para que se presente el bullying en las escuelas y como se identifica cuando es por broma y cuales son las consecuencias? Hipótesis
§El bullying es una problemática muy grave ya que causa grandes consecuencias ´que pueden llegar hasta la muerte.Objetivos
§El trabajo de investigación va a tener una hipótesis, un planteamiento del problema, los que permitirán las características para que se presente el bullying.¿Que es bullying?
El acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matonajeescolar o por su término inglés bullying) es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entreescolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado
LEY No,r ,-1620
I "POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA
ESCOLAR Y FORMACiÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS
HUMANOS, LA EDUCACiÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCiÓN Y
MITIGACiÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR"
-
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTíCULO
1. Objeto. El objeto de esta Leyes contribuir a la formación de
ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática,
participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato
constitucional y la Ley General de Educación -Ley 115 de 1994- mediante la
creación del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los
derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación
de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, i
de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la
violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.
ARTíCULO 2. En el rTrdrCO de la presente Ley se entiende por:
./ Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se
define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas,
emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el
ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática .
./ Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de
reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y
reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse
consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por
el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar
físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas,
informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria,
responsable y sarr~; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la
transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de
relaciones más justas democráticas y responsables .
./ Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y
sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación,
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coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o
cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios
electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o
varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica,
que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.
También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte
de estudiantes contra docentes. ante la indiferencia o complicidad de su
entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar
emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente
de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.
./ Ciberbullying o ciberacoso escolar~ forma de intimidación con uso
deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales,
telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y
continuado.
CAPITULO 11
SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACiÓN PARA
LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACiÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA
PREVENCiÓN Y MITIGACiÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
ARTíCULO 3. Creación. Créase el sistema nacional de convivencia escolar y
formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la
prevención y mitigación de la violencia escolar, cuyos objetivos serán cumplidos
a través de la promoción, orientación y coordinación de estrategias, programas y
actividades, en el marco de la corresponsabilidad de los individuos, las
instituciones educativas, la familia, la sociedad y el Estado.
Este Sistema reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de
derechos, y a la comunidad educativa en los niveles de preescolar, básica y
media como la responsable de formar para el ejercicio de los mismos, conforme
a lo dispuesto en la Constitución Política Nacional, las Leyes 115 de 1994 y
1098 de 2006, las disposiciones del Consejo Nacional de Política Social y
demás normas asociadas a violencia escolar, que plantean demandas
específicas al sistema escolar.
ARTíCULO 4. Objetivos del Sistema. Son objetivos del sistema nacional de
convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para
la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:
1) Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado
para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación
para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los
niños, niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica
y media.
2) Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los
espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la
ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los
contextos sociales y culturales particulares.
3) Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias
ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad
democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley,
para la formación de sujetos activos de derechos.
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4) Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las
entidades en los diferentes niveles del Sistema y los establecimientos
educativos fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la
promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección,
atención y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o
vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención
y mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz de
adolescentes y en el mejoramiento del clima escolar.
5) Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y
denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia
escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media,
particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar
incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se
defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
6) Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas
aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia
escolar.
7) Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización
social, relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de
ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y
reprodu ctivos.
8) Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción
de enfermedades de transmisión sexual.
Parágrafo. Los medios de comunicación realizaran las funciones de promoción
de acuerdo con las responsabilidades asignadas en el artículo 47 de la Ley 1098
de 2006.
ARTíCULO 5. Principios del Sistema: Son principios del sistema nacional de
convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para
la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:
1. Participación._En virtud de este principio las entidades y establecimientos
educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y
armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que
permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de
1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los
establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de
niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que
se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con
los artículos 113 y ?88 de la Constitución Política, los diferentes estamentos
estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia,
complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones
misionales.
2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad
y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de
la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde
sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de
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conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y
el Código de Infancia y la Adolescencia.
3. Autonomía:_Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas
son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los
límites fijados por las leyes, normas y disposiciones
4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y
valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de
género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o
cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una
educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la
persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e
incluyentes.
5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la
promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la
educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la I
Constitución y las leyes.
ARTíCULO 6. Estructura del Sistema. El sistema nacional de convivencia
escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad
y la prevención y mitigación de la violencia escolar, tendrá una estructura
constituida por instancias en tres niveles: Nacional, Territorial y Escolar,
liderados por el sector educativo:
./ Nacional: Integrado por el Comité Nacional de Convivencia Escolar
./ Territorial: Integrado por los comités municipales, distritales y I
departamentales de convivencia escolar, según corresponda .
./ Escolar: Integrado por el comité de convivencia del respectivo
establecimiento educativo.
Las organizaciones privadas con o sin ánimo de lucro podrán hacer parte de las
estrategias, programas y actividades que, en desarrollo de esta Ley, sean
implementadas por los comités municipales, distritales o departamentales de
convivencia escolar.
ARTíCULO 7. Conformación del Comité Nacional de Convivencia Escolar.
Para el cumplimiento de las funciones del Sistema Nacional se conformará un
Comité Nacional de Convivencia Escolar, el cual está integrado de manera
permanente por:
./ El Ministro de Educación Nacional, o el Viceministro de Educación, quien lo
presidirá,
./ El Ministro de Salud y Protección Social o un Viceministro delegado,
./ El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o un Subdirector
delegado
./ El ente coordinador del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente
./ El Director de la Policía de Infancia y Adolescencia o un Comandante
delegado
./ El Ministro de Cultura o un Viceministro delegado
./ El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o un
Viceministro delegado,
./ El Presidente de la Asociación Colombiana de Facultades de Educación
ASCOFADE.
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